Inmigración basada en el empleo

Una forma de inmigrar a los Estados Unidos es a través de la inmigración basada en el empleo. En términos generales, la inmigración basada en el empleo es cuando un ciudadano extranjero quiere venir a los Estados Unidos para trabajar para un empleador estadounidense. El empleador patrocinará al empleado y el empleado solicitará una visa basada en empleo.

Presentar una petición

Paso 1: El posible empleador del solicitante debe obtener una aprobación de certificación laboral del Departamento de Trabajo (DOL).

El DOL debe emitir una certificación laboral permanente. Esto permitirá a un empleador contratar a un trabajador extranjero para que trabaje permanentemente en los Estados Unidos. Antes de que el DOL pueda otorgar una certificación, el Servicio de Ciudadanos e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) requiere una certificación que:

  • No hay trabajadores estadounidenses que sean capaces, estén dispuestos, calificados y disponibles para aceptar el trabajo.
  • Emplear a un trabajador extranjero no afectará negativamente los salarios ni las condiciones laborales de los trabajadores estadounidenses que ya están empleados en puestos similares.

Paso 2: El posible empleador completa el Formulario I-140 para solicitar que un trabajador no ciudadano se convierta en residente permanente en los Estados Unidos.

Este formulario tiene una tarifa de presentación de $700 y debe presentarse por persona. Una vez completado, se puede empaquetar con otros formularios que puedan ser necesarios (como el G-28 y el G-1145). Ciertas aplicaciones tienen prioridad dependiendo de la categoría en la que encajen (consulte la sección de categoría de preferencia a continuación).

Paso 3: USCIS aprueba la petición y la envía al Centro Nacional de Visas (NVC).

Después de que USCIS apruebe la petición y la envíe, el NVC procesará la petición. Es posible que se le solicite al solicitante que complete formularios adicionales, incluidos documentos de visa de inmigrante, formularios de solicitud, documentos civiles y más. Con los formularios adicionales, también puede haber cargos adicionales.

Una descripción general de las categorías de preferencia

Cada año fiscal, Estados Unidos ofrece alrededor de 140,000 visas basadas en empleo a solicitantes extranjeros. Hay 5 categorías de preferencia. En casi todos los casos, su posible empleador estadounidense debe presentar el Formulario I-140, Petición de inmigrante para trabajador extranjero ante el USCIS en su nombre. A continuación encuentre un cuadro que muestra las categorías de preferencia, seguido de una descripción más detallada de cada categoría.

Categorías de preferencia basadas en el empleo (EB)

EB-1 Trabajadores prioritarios y personas de extraordinaria capacidad
EB-2 Profesionales con títulos avanzados y personas de capacidad excepcional
EB-3 Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores
EB-4

(categoría no prioritaria)

Trabajadores religiosos, locutores, ciertos médicos, empleados de organizaciones internacionales y miembros de las fuerzas armadas
EB-5 (categoría no prioritaria) Programa de inversores inmigrantes

EB-1: Trabajadores prioritarios y personas de capacidad extraordinaria

Esta categoría de preferencia tiene tres subcategorías:

  • Personas con habilidades extraordinaries – Para calificar para esta subcategoría, debe tener una habilidad extraordinaria en uno de los siguientes campos: atletismo, artes, negocios, educación o ciencias. Para que su habilidad se considere “extraordinaria”, debe tener documentación que demuestre que ha recibido reconocimiento nacional o internacional en su campo. No necesitas una oferta de trabajo específica para ingresar a los Estados Unidos bajo esta subcategoría, pero debes continuar trabajando en tu campo al ingresar. Si califica para esta subcategoría, puede presentar su petición (Formulario I-140).
  • Profesores e investigadores destacados – Para calificar para esta subcategoría, debe ser reconocido internacionalmente y tener al menos 3 años de experiencia en  dociencia o investigación. Necesitará una oferta de trabajo de su posible empleador. Debe venir a los Estados Unidos para obtener un puesto permanente o comparable en una institución de educación superior.
  • Gerentes y ejecutivos multinacionales – Para calificar para esta subcategoría, debe haber sido empleado de una filial, matriz, subsidiaria o sucursal en el extranjero de su posible empleador en los EE. UU. También tenía que haber desempeñado un rol gerencial o ejecutivo y debe estar inmigrando a los EE. UU. para trabajar en el mismo tipo de rol. Debe tener una oferta de trabajo de su posible empleador.

EB-2: Profesionales con títulos avanzados y personas de capacidad excepcional

Para calificar para esta categoría de preferencia, debe tener una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo y una oferta de trabajo. Esta categoría de preferencia tiene dos subcategorías:

  • Profesionales con un título Avanzado – Su título debe ser algo más allá de un bachillerato o debe ser un bachillerato con 5 años adicionales de experiencia en el campo.
  • Personas con habilidades excepcionales – Para calificar para esta subcategoría, debe tener una habilidad excepcional en las artes, los negocios o las ciencias. También es necesario tener un grado de experiencia significativamente mayor de lo que se espera en las artes, los negocios o las ciencias.

EB-3: Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores

Para calificar para esta categoría de preferencia, debe tener una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo y su posible empleador debe presentar el Formulario I-140 en su nombre. Esta categoría tiene tres subcategorías:

  • Trabajadores calificados – Un trabajador calificado es una persona con al menos dos años de capacitación y/o experiencia laboral que no es temporal ni estacional.
  • Profesionales – Un profesional es una persona cuyo trabajo requiere al menos un bachillerato de un colegio o universidad de los EE. UU. (o su título equivalente en el extranjero).
  • Trabajadores no calificados/otros trabajadores – Un trabajador no calificado/otro trabajador es una persona capaz de trabajar en un puesto que requiere menos de dos años de capacitación y/o experiencia laboral que no sea temporal ni estacional.

EB-4: Ciertos inmigrantes especiales

Para calificar como EB-4, debe ser beneficiario de un Formulario I-360 aprobado, Petición de amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial. Existen algunas excepciones. Esta categoría cubre una amplia gama de subcategorías que incluyen, entre otras, las que se enumeran a continuación.

  • Locutores empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión
  • Ministros de religión y ciertos trabajadores religiosos
  • Ciertos empleados o ex empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero
  • Ciertos graduados médicos extranjeros
  • Ciertos empleados jubilados de organizaciones internacionales
  • Jóvenes inmigrantes especiales
  • Personas reclutadas fuera de los EE. UU. que hayan servido o se hayan alistado en las Fuerzas Armadas de los EE. UU.
  • Y mucho mas

EB-5: Inversores Inmigrantes

Para calificar para esta categoría de preferencia, debe ser un inversionista de capital en una nueva empresa comercial en los EE. UU. que proporcionará nuevos empleos en los EE. UU. Para obtener más información sobre visas de inversionistas inmigrantes, visite el sitio web del Departamento de Estado (en Ingles).

Llame a Cornerstone Law Firm para obtener ayuda.

Si necesita ayuda con inmigración, llame a Cornerstone Law Firm. Navegar por el proceso de inmigración puede ser complicado. Un abogado de inmigración con experiencia puede ayudarlo a revisar su caso y asegurarse de que tenga la documentación adecuada. Si necesita ayuda con la inmigración basada en el empleo en Reading, Allentown o el sureste de Pensilvania, comuníquese con los abogados de inmigración de Cornerstone Law Firm.